lunes, 27 de agosto de 2007

origen

Si bien el concepto básico de democracia se remonta a la forma de gobierno que utilizaban en Atenas y en otras ciudades griegas durante el siglo V (AC), también debemos reconocer la importancia que tuvo el movimiento pacíficamente revolucionario del cristianismo, que hizo desaparecer las supuestas diferencias naturales entre esclavos y libres. Todos los hombres, sin distinción, son iguales ante Dios.
Qué concepto de justicia se encuentra en las teorías contractualistas de la sociedad, en general? ¿Qué visión del hombre revela ese concepto de justicia? Si comparamos los conceptos centrales de las teorías contractualistas de la sociedad con la visión que los antiguos sofistas tenían del hombre y de lo justo, veremos que no difieren.
1-. La noción naturalista del hombre y de la justicia
Conocemos la idea que los sofistas tenían de la justicia por medio, principalmente, de La República, de Platón. En el Libro VI de ese famoso diálogo, Glaucón, hermano de Platón, expone cuáles eran las doxai u opiniones más comunes en su tiempo sobre la justicia y su origen, que vienen a coincidir con las opiniones de los sofistas. En esencia, y para lo que aquí nos interesa, los sofistas sostenían que si los hombres practican la justicia no es por que ésta sea un bien en sí mismo, sino por las ventajas que les reporta, en términos de reputación, honores y ventajas materiales. Detrás de esta concepción de la justicia podemos ver, con facilidad, una imagen del hombre como un ser esencialmente pasional, que se mueve, sobre todo, buscando satisfacer sus deseos. Pero como los bienes que satisfacen los deseos de los hombres son limitados, se impone la necesidad de un “pacto racional”, que señale a cada hombre hasta dónde puede intentar satisfacer sus deseos, sin pena de colisionar con los intereses y deseos del vecino y verse en la necesidad de luchar por proteger los propios. Las leyes y la justicia son vistas, de esta forma, como una invención de los débiles para defenderse de los fuertes, y su mayor victoria -de los débiles-, hacer que se alabe y se enseñe a amar la justicia.
Platon critica si, ¿es esta una visión realista o una visión pesimista de la condición humana? Depende del punto de vista que se adopte. Desde el punto de vista platónico, es una visión reductiva y empobrecedora del hombre. Desde el punto
de vista de los sofistas y de los modernos contractualistas y liberales, sería, simplemente, la realidad (al menos, tal y como ellos la ven). Para Platón, es obvio que ahí se ha perdido la posibilidad de la participación en un orden superior y universal.
Para los sofistas, y también para los modernos, el hombre es la medida de todas las cosas: no hay leyes exteriores -al menos en el terreno moral-, a las que deba sujetarse. Él crea sus propias normas. Ninguna ley o norma es inmutable. Su única función es liberar las fuerzas creativas del hombre (o bien, facilitarle la construcción de sus sueños). Fuera del hombre, nada. Dios y la religión -incluso- son un medio para la realización del hombre. Cuando llegue el momento en que resulten inútiles para mantener el orden social, también desaparecerán.
El orden universal propuesto por Platón -dicen los modernos sofistas- también fue útil y desempeñó un papel en la historia de nuestra civilización, pero hoy en día es sólo una doxa más. Incluso su intento de distinguir entre doxa (opinión) y episteme (conocimiento, ciencia) puede ser visto como una estrategia para lograr imponer su visión de las cosas...
Ver la justicia como quería Platón -como una participación en el Summun Bonum-, o verla como el respeto de los pactos, depende, en última instancia, de nuestra visión del hombre. Si creemos que hay algo más que el mundo material (sobre todo, un Dios creador de ese mundo material), tenderemos a ver la justicia como el resultado de una adecuación de nuestro mundo con ese algo más que es su origen. Si, por el contrario, creemos que sólo existe el hombre y su mundo material, no tendremos inconveniente en ver la justicia como un medio para evitar el choque de las pasiones; como un medio -el más importante, tal vez- de supervivencia.
2-. La visión contractualista de la sociedad
La visión sofista de la justicia y las leyes implica, como se ve, una noción de la sociedad como el producto de un “pacto de no agresión” entre los hombres. Hobbes aprobaría esta noción sin reservas. También los utilitaristas estarían de acuerdo en que las leyes se deben respetar no por ellas mismas, sino por el beneficio que reporta para el bienestar de la mayoría. Incluso John Locke, el padre del liberalismo moderno, tiende a considerar la justicia en términos puramente externos y negativos; como fundada en un contrato previo. “Justo”, para los modernos, equivale a respetar los contratos.

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